Este reglamento afecta a la instalación de casetas de Feria 2025 en terreno municipal o privado, sin menoscabo de cualquier normativa que afecte a estas instalaciones (fiscal, sanitaria, laboral, etc).

1.- Podrán instalar casetas asociaciones y colectivos, así como personas o empresas, que tengan la licencia fiscal correspondiente a esta actividad.

2.- Cada caseta debe suscribir un Seguro de Responsabilidad Civil de casetas de feria con una cobertura mínima de 90.152 €.

3.- Se establece la obligación de usar freidoras de gas en las casetas de comida.

4.- Las casetas que tengan dedicación exclusiva de comida o mixtas (comida y música), si usan vidrio, se tiene que regir por la normativa del vidrio (Bando vidrio en casetas Feria 2025) y deberán de poner seguridad en la puerta de la caseta. Por su parte, las casetas sólo de música deberán disponer de seguridad privada para todos los días de la feria, teniendo en cuenta lo siguiente:
– Jueves: 2 seguridad
– Viernes y sábado: 3 seguridad
– Domingo: 2 seguridad.

5.- Las casetas deben situar en su portada un cartel que indique su nombre, así como el de la persona, empresa o asociación responsable.

6.- Las fianzas y tasas de casetas se rigen por su correspondiente ordenanza fiscal.

7- El Ayuntamiento contratará la instalación eléctrica directamente según normativa vigente, pero hay que informar de la potencia a contratar en cada caso y presentar el certificado de instalación eléctrica de un instalador autorizado.

8.- La solicitud se hará mediante una instancia en el registro de entrada donde conste tipo de instalación, superficie exacta y actividad que albergará (discoteca o tradicional).

9.- Los responsables de las casetas deben estar al corriente del pago de la Seguridad Social y Hacienda Pública con el Ayuntamiento en el momento de la presentación de la instancia.

10.- Fecha límite: Martes 2 de septiembre a las 14,00 horas.

11.- La ubicación de las casetas será decisión de la comisión municipal de Festejos, siendo ésta irrevocable.

12.- Asimismo, deberán comprometerse a tener la caseta en unas condiciones higiénico-sanitarias óptimas.

13.- Documentación obligatoria:

* NIF del empresario/a o asociación responsable de la caseta.

* Copia del Seguro de Responsabilidad Civil de casetas de feria.

* Solicitud, si procede, de terreno público para su instalación.

* Comunicación previa de inicio de actividad y Declaración Responsable de Casetas de Feria para prevenir enfermedades e intoxicaciones alimentarias, según normativa actual del Servicio Andaluz de Salud. Pueden recoger este impreso en el Registro de Entrada o en www.almodovardelrio.es

* Cualquier documento que sea requerido por este Ayuntamiento.

Aviso casetas de Feria 2025